En España hay más de 13 millones de perros y gatos registrados como animales de compañía. Sin embargo, las cifras que manejan los centros de acogida cuentan otra historia muy distinta: apenas un 27,7 % de los perros y un 4,3 % de los gatos que llegan a los refugios llevan implantado un microchip, lo que convierte la identificación animal en uno de los incumplimientos legales más extendidos entre los propietarios de mascotas en España.
¿Por qué un porcentaje tan bajo cuando la normativa es clara desde hace más de dos años? La Ley de Bienestar Animal, aprobada el 28 de marzo de 2023, establece que todos los perros, gatos y hurones deben estar identificados con microchip desde el momento de su nacimiento. Las aves de compañía, por su parte, deben llevar un anillado homologado que permita su identificación inequívoca ante cualquier control veterinario o administrativo.
El microchip es un dispositivo estéril del tamaño de un grano de arroz, apenas unos milímetros de largo, que se implanta en el tejido subcutáneo del animal mediante una aguja hipodérmica. No requiere anestesia, no necesita mantenimiento posterior y funciona durante toda la vida del animal. Cada dispositivo almacena un código numérico único que queda asociado a los datos del propietario en la Red Española de Identificación de Animales de Compañía, conocida como REIAC, una base de datos nacional a la que tienen acceso veterinarios, protectoras y fuerzas de seguridad.
Qué ocurre cuando un animal se pierde sin microchip y por qué la identificación multiplica las posibilidades de recuperarlo
Los estudios realizados por asociaciones veterinarias europeas coinciden en un dato que debería bastar para convencer a cualquier propietario reticente: un perro o un gato con microchip tiene un 40 % más de probabilidades de ser devuelto a su familia que un animal sin identificar. La diferencia entre un reencuentro y una pérdida definitiva puede reducirse, literalmente, a un grano de arroz bajo la piel.
¿Qué pasa con el animal que llega a un centro de acogida sin chip? El protocolo es conocido por quienes trabajan en protectoras. Si nadie reclama al animal en un plazo de ocho días, se considera abandonado y queda a disposición para una nueva adopción. Para el propietario que lo busca desesperadamente, la ausencia de identificación convierte una gestión de minutos en una carrera contrarreloj que muchas veces termina sin éxito.
Más allá de la localización en caso de pérdida, el microchip cumple funciones legales que muchos propietarios desconocen. Un animal identificado queda vinculado jurídicamente a su titular, lo que permite emprender acciones legales en caso de robo, maltrato por parte de un tercero o daños causados a otras personas. Sin ese vínculo registral, demostrar la titularidad del animal ante un juzgado resulta extraordinariamente difícil, y el propietario pierde la capacidad de reclamar derechos que la propia ley le reconoce.
¿Y qué sucede cuando el propietario quiere viajar con su mascota fuera de España? La normativa comunitaria exige que todo animal que cruce una frontera dentro de la Unión Europea lleve microchip, pasaporte veterinario y vacunación antirrábica vigente. Presentarse en un aeropuerto o en un puesto fronterizo sin esa documentación puede suponer desde la imposibilidad de embarcar hasta la retención del animal en cuarentena.
La implantación debe realizarla siempre un equipo veterinario autorizado. El procedimiento dura apenas unos segundos, resulta prácticamente indoloro para el animal y puede hacerse en una consulta rutinaria sin necesidad de programar una intervención específica. Una vez colocado, el chip solo se activa cuando un lector profesional lo escanea a corta distancia, no emite ninguna señal permanente y no interfiere con la salud del animal.
Los veterinarios insisten en un detalle que se olvida con frecuencia: el microchip solo es útil si los datos asociados están actualizados. Un cambio de domicilio, un nuevo número de teléfono o la cesión del animal a otro titular deben comunicarse a la REIAC para que el sistema funcione. De nada sirve que el chip esté implantado si el teléfono que figura en la base de datos ya no existe o si la dirección registrada corresponde a una vivienda en la que el propietario dejó de vivir hace tres años.